El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha acordado apartar al Ayuntamiento de La Laguna del procedimiento judicial relacionado con la adjudicación del contrato de mantenimiento y conservación del alumbrado público municipal.
La decisión se recoge en una providencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El procedimiento surge tras el recurso presentado por la unión temporal de empresas ImesApi-Emelsa contra la anulación de la adjudicación del contrato.
Los magistrados consideran que la postura adoptada por el Ayuntamiento resulta incompatible con su condición de parte demandada.
Según recoge la providencia, el escrito presentado por el Consistorio respalda los argumentos de la empresa recurrente en lugar de defender la resolución administrativa impugnada.
Por este motivo, el tribunal ha decidido no tener en cuenta la contestación formulada por el Ayuntamiento dentro del procedimiento.
El concurso del alumbrado en La Laguna continúa en los tribunales
El origen del litigio se encuentra en la decisión del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias de anular la adjudicación realizada inicialmente a ImesApi-Emelsa.
El órgano administrativo apreció la existencia de circunstancias que podían afectar a la imparcialidad del proceso de valoración de las ofertas.
Tras aquella resolución, el Ayuntamiento excluyó a la UTE del procedimiento, retrotrajo las actuaciones y adjudicó el contrato a la empresa EFFICO.
La nueva adjudicación se formalizó durante el pasado mes de febrero. Desde entonces, la empresa presta el servicio de mantenimiento del alumbrado público municipal.
Sin embargo, ImesApi-Emelsa recurrió judicialmente la anulación de la adjudicación inicial, lo que mantiene abierto el procedimiento ante el TSJC.
Por su parte, EFFICO ha comparecido en el litigio defendiendo la validez de la resolución administrativa que anuló la primera adjudicación.
El tribunal cuestiona la posición procesal del Ayuntamiento
En la providencia, la Sala recuerda que la función del Ayuntamiento como parte demandada consiste en defender el acto administrativo recurrido.
Sin embargo, los magistrados entienden que el escrito presentado por el Consistorio mantiene una posición favorable a la empresa recurrente.
Por ello, el TSJC acuerda apartar al Ayuntamiento del procedimiento como parte demandada y no valorar los argumentos incluidos en su contestación.
Mientras tanto, el recurso sigue su tramitación judicial y será el tribunal quien determine finalmente la legalidad de las actuaciones impugnadas.
La resolución definitiva tendrá efectos sobre un contrato valorado en 18,7 millones de euros y sobre la gestión futura del servicio de alumbrado público municipal.
Además, el fallo permitirá aclarar las consecuencias jurídicas derivadas de este procedimiento administrativo y judicial que permanece abierto.







